Por las anteriores consideraciones, este Tribunal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la acción interdictal por restitución intentada por el ciudadano ISIDORO ANTONIO TINEO ARISMENDI, contra los ciudadanos CARLOS ALFONZO LANDONI, ROBERT RIVAS, CLAUDIO BEBERAGGI, VICTOR MOYA, JULIO CÉSAR ALFONZO LANDONI, MAIRA SAAB y KAYIRA MOYA, y en consecuencia se ordena la entrega o restitución de la parcela de terreno ubicada en la calle Yaracuy cruce con Avenida Matasiete, de San José de Guanipa, Municipio Guanipa del estado Anzoátegui, circunscrita dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Terrenos en construcción, midiendo cincuenta metros (50 mts); SUR: Avenida Matasiete, midiendo cincuenta metros (50 mts); ESTE: casa que es o fue de Luís Landoní, midiendo cuarenta metros (40 mts) y; OESTE: Calle Yaracuy, midiendo cuarenta metros (40 mts), cuya entrega deberá llevarse a efecto haciendo uso de l.....