En virtud de las anteriores consideraciones, este Despacho Judicial, a cargo de la Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, el procedimiento de RESTITUCIÓN DE CUSTODIA, intentado por la ciudadana ANA FELICIA FERNANDEZ, en su condición de progenitora de las niñas de autos contra el ciudadano GILBERTO ALEJANDRO PAREDES. En consecuencia, en beneficio de las niñas de autos y en razón a su interés superior previsto en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de niños, Niñas y Adolescentes, debe continuar la misma bajo la protección de su madre, ciudadana ANA FELICIA FERNANDEZ, quien no ha sido Privada judicialmente para ejercer la CUSTODIA, de sus hijas y quien deberá cumplir con el contenido de la misma establecido en el artículo 358 de la Ley Org.....