este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARAGUA, SIR ARTHUR MAC GREGOR Y SANTA ANA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,DECLARA las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarle su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Causante ANA MIREYA REYES DE ABAD, a los ciudadanos: LUIS ENRIQUE ABAD SOLANO, LUIS DOMINGO ABAD REYES, MARGLIN DEL VALLE ABAD REYES y LUIS ENRIQUE ABAD REYES, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 4.879.774, 14.307.037, 13.178.214 y 13.177.532, respectivamente, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros. Asimismo, devuélvase original a los solicitantes y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año y copia certificada de la presente para su correspondiente archivo. Y ASÍ SE DECIDE.-