declara: 1)PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora ciudadano PANCRAZIO JOSE LUISIO PASSANANTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 8.296.373 a través de su apoderado judicial, Abogado en ejercicio CARLOS CEDEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.883, contra la decisión dictada en fecha 28 de febrero del 2024 y publicada en fecha 13 de marzo de los corrientes por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui con sede en Barcelona;2) SE MODIFICA la sentencia recurrida en los términos antes expuestos, quedando incólume el resto de su contenido y a tales fines se condena a la demandada a cancelar lo que se discrimina:
PANCRAZIO JOSE LUISIO PASSANANTE:
Prestaciones sociales del artículo 142 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras: Bs.58.773.604.389, 00
Vacaciones y bono vacacional fraccionados: Bs.10.243.310.611, 00.....