este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, HOMOLOGA el acuerdo transaccional celebrado entre las partes dándole efectos de COSA JUZGADA, en consecuencia, se declara terminado el proceso y se abstiene de archivar el expediente hasta que conste la cancelación total del monto transado, es decir la cancelación del monto antes indicado.
El Tribunal ordena certificar el acta transaccional a los fines de su archivo en el copiador de sentencia y acuerdos transaccionales. Se expiden cuatro (04) ejemplares a un mismo tenor. Asimismo se acuerda expedir copia certificada del escrito transaccional y del auto de homologación a la empresa NEWSCA-PUMPING GOILED TUBIBNG GROUP, S,A, tal como fue solicitado en el escrito transaccional.
PUBLIQUESE, REGISTRESE. Déjese constancia de esta decisión en el copiador respectivo.
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