este Tribunal de control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Jusricia en Nombre de la República Bolivaria de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA DESESTIMACION DE LA DENUNCIA relacionada con la causa original signada bajo el Número 03-F1-1734-2004, interpuesta por el ciudadano MANUEL MAITA, por ante la Fisclaía Primera del Ministerio Público, en virtud que los hechos no revisten carácter penal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda la devolución de las presentes actuaciones al Ministerio Público. Líbrese oficio.
EL JUEZ DE CONTROL N° 06
DR. ELEAZAR JAVIER SALDIVIA
EL SECRETARIO,
ABOG. HÉCTOR DANIEL FARÍAS