En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos: ROSALBA TRUJILLO GUTIERREZ Y ORLANDO JOSE HERNANDEZ PASTRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nº V-8.223.795 y V- 8.252.136, respectivamente, ambos de este domicilio, asistidos por la Abogada en ejercicio MARIELIS HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nº 157.616. Disolviéndose, por consiguiente el Vínculo Matrimonial existente entre ellos, el cual fue contraído por ante la Oficina de Registr.....