Con vista de las consideraciones anteriores, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial de Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRESCRITA LA ACCION Y SIN LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, incoada por el ciudadano JOSE TOTESAUT, vvenezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro: 4.654.742, en contra de la empresa INVERSIONES CASTILLO EL TIGRE, C.A. Por cuanto operó la prescripción opuesta no hubo pronunciamiento respecto de la existencia de la unidad económica.