Este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, con sede el Tigre; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara LA NULIDAD de la notificación practicada por la Secretaria del Tribunal de los Municipios Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui y, certificada por la Secretaria del Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial, en fecha 1 de noviembre de 2013, según auto que corre al folio sesenta y siete (67) del expediente, y la consecuente reposición de la causa al estado de notificar a la demandada DISTRIBUIDORA 70.017,, C.A., por el tribunal que ordeno su práctica, y en la forma señalada en el artículo 126 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y por el funcionario con funciones atribuidas para el cumplimiento de la práctica.....