En base a los anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA LA REMISION CON CARÁCTER DE URGENCIA a la FISCALIA DE TRANSITORIO para su respectivo pronunciamiento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 479, 553 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el derogado artículo 507 ejusdem, una vez notificado el solicitante. Procedase a la remisión de la presente causa a la Fiscalía de Transición. Ofíciese lo conducente.Notifiquese.
El JUEZ DE EJECUCION No. 02
DR. JOSE DELFIN CARRILLO G
LA SECRETARIA
ABG. ESNERLAIDA REYES