Este Tribunal se declara INCOMPETENTE por la cuantía para conocer del presente asunto, en consecuencia ordena remitir junto con oficio las presentes actuaciones a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, a los fines de la respectiva distribución entre los Juzgado del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, con sede en el Palacio de Justicia, a objeto de su prosecución.- Así se decide.-