Ahora bien en virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del procedimiento, en la demanda incoada por el Ciudadano OSCAR ELIAS MEDINA, antes identificado, contra la empresa "HERRAJES EL TIGRE, C.A. (Preca.S.A.)
Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente.
Dada, firmada y sellada en El Tigre a los veintiocho (28) días del mes de enero de Dos mil nueve, (2009).
Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación.