DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la pretensión de Divorcio, introducida por la ciudadana ARACELIS ELENA RODRIGUEZ ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.218.427, debidamente asistida por el abogado en ejercicio OSWALDO ANTONIO CELTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 41.533, en contra del ciudadano JESUS ANDRES VALLADARES LAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.239.044, fundamentada en la Causal Tercera del Artículo 185 del Código Civil. En consecuencia, queda disuelto el matrimonio contraído el 09 de Diciembre de 2.011, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, tal como se evidencia en el Acta de Matrimonio, Nro 273 del Libr.....