Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en función de Control N° 3 de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: OTORGA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, para el imputado JAVIER JOSE VILLALVA, con cédula de identidad V- 16.479.316 conforme al artículo 330, numeral 8°, en concordancia con los artículos 42,43, y 44 numeral 1°, 553 todos del Código Orgánico Procesal Penal y 24 de la Constitución Nacional estableciéndose como régimen de PRUEBA UN (01) AÑO y con las condiciones expuestas en la parte motiva del presente fallo. SEGUNDO: decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA por la comisión del delito robo agravado a favor del imputado JAVIER JOSE VILLALVA, en base al ordinal 1° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal en razón de que el hecho objeto del proceso no puede ser atribuido al imputado.....