En consecuencia, este Tribunal de Juicio N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República y Por Autoridad de la Ley DECRETA: LA SEPARACIÒN DE LA CAUSA BP01-P-2006-9025 del asunto BP01-P-2007-000719, así como su remisión al Tribunal de origen (Juez de Control Nº 04), a los fines de dar cumplimiento con la Fase Intermedia (verificación de la audiencia Preliminar), de conformidad con los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 1 y 74 numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese. Cúmplase.