este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la oposición a la medida preventiva de embargo decretada por este Juzgado, formulada por el abogado NELSON MATA AGUILERA en su carácter de apoderado de la parte demandada y así se decide.-
Regístrese, publíquese y notifíquese a las partes de la presente decisión interlocutoria.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Barcelona, a los veintiocho (28) días del mes de febrero de dos mil ocho.- Años: 197° de la Independencia y 149° de la Federación.-
El Juez Suplente Especial, La Secretaria,
Abg. Pedro Rafael Mejía. Abg. Dori.....