Este Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y con fundamento a lo establecido en los artículos 769 y siguiente del Código de Procedimiento Civil y 144 y 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil, declara CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por los ciudadanos HUMBERTO DEL VALLE MAGO DOMINGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.954.739, LUISA CELESTINA MAGO DE AREYAN, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, V° 3.957.077 y ZORAIDA DEL VALLE MAGO DE ROJAS, venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad V° 3.957.052. En consecuencia, se ordena oficiar Registro Civil del Municipio Simón Bolívar, Parroquia San Cristóbal del estado .....