Este Tribunal, visto lo expuesto por las partes en el escrito transaccional de fecha veintitrés (23) de marzo de 2006, suscrito por el ciudadano Juan Méndez, parte actora, asistido por el Ramón Galindo inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 80.778 y, la abogada Maria Martín Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 61.630, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada en la presente causa, en ese sentido por cuanto lo solicitado no es contrario a derecho, da por consumada la transacción celebrada y LE IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN, dándole el carácter de Cosa Juzgada, conforme lo prevé el articulo 89, ordinal 2° de la Constitución Nacional; articulo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo; artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo y 256 del Código de Procedimiento Civil aplicable por remisión expresa del articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por cuanto se dio cumplimiento con lo acordado en audiencia preliminar de fecha catorce (14).....