DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nro. 02, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Conforme a los artículos 20 y 52 del Código Penal, se acuerda la Conversión del Resto de la Pena que le falta por cumplir al penado DISMARY CAROLINA TORRES SALAZAR; en CONFINAMIENTO por un tiempo igual al que resta de la pena, en la siguiente dirección: SECTOR 2 DE JULIO SABANA 1 DE CACHIPO MUNICIPIO PUNCERES DEL ESTADO MONAGAS, domicilio de la ciudadana GRIZAIDA JOSEFINA SALAZAR, debiéndose presentar cada TREINTA (30) Días hasta el día 12/11/2012, fecha en la cual cumplirá la totalidad de la pena impuesta, ante la Unidad de Alguacilazgo del Circuito Judicial de Maturín Estado Monagas. Trasládese al penado hasta éste Despacho a los fines de imponerlo de la presente decisión. Rem.....