DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Juicio Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ABSUELVE al ciudadano ALEXIS RAFAEL ESPAÑA SILVA, venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 26 de julio de 1971, de 33 años de edad, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Omaira Silva (v) y Rafael España (v), residenciado en la calle Mata 7, Casa sin número, El Tigrito, Estado Anzoátegui, titular de la cédula de identidad No. V-11.416.005, de la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILÍCITO DE ARMA, previstos y sancionados en el artículo 460 del Código Penal (publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 5.494, Extraordinario, de fecha 20 de octubre de 2000 vigente para la fecha de ocurrencia de los hechos), y artículo 5 de la Reforma de.....