Por las razones de Hecho y de Derecho precedentes, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: 1.- CON LUGAR el recurso de apelación ejercido. 2.- Se REVOCA el auto de homologación de fecha 24 de enero del 2019, por cuanto el Tribunal de la recurrida una vez que oyó el mismo debía remitir el asunto al tribunal Superior correspondiente sin emitir pronunciamiento alguno, se procede a homologar por este Tribunal el desistimiento de la apelación ejercido por la parte hoy recurrente contra la decisión de fecha 27 de septiembre del 2018 3.- SE ANULA, el acta de prolongación de la Audiencia Preliminar levantada en fecha 24 de enero del 2019. 4.- SE REPONE la causa al estado que se fije la prolongación de la audiencia preliminar, la cual deberá ser realizado mediante auto expreso, sin necesidad de notificación previa por encontra.....