Por los razonamientos antes expresados, este Tribunal de Control N° 2 Sección de Adolescentes, Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, ACUERDA: FIJAR la AUDIENCIA PRELIMINAR PARA EL DÍA LUNES 8 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 A LAS 11:00 A.M., en el presente asunto seguido al De la Adolescente (IDENTIDAD OMITIDA); por el delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES CALIFICADAS, previsto en el artículo 417 del Código Penal vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos, en relación con el articulo 420 ejusdem, que se señala cometido en perjuicio de la ciudadana SONIA JOSEFINA SUBERO GOMEZ, pudiendo las partes manifestar por escrito todo aquello que les permite el artículo 573 de la Ley Orgánica señalada ut-supra, en relación con el artículo 572 de la Ley Orgánica in comento, dentro del lapso señalado. Todo de conformidad con el artículo 571 de la señalada Ley Orgánica. Notifíquese a las partes. Provéase lo conducente. Cúmplase.