este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, se abstiene de homologar el acuerdo, hasta tanto se regularice la tenencia de la tierra por ante el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), Seccional El Tigre, con todos los pasos legales a favor de EL TRABAJADOR, y se reciba la totalidad del monto convenido de Bs. 1.000.000,00. Asimismo, el tribunal acuerda la suspensión de la ejecución hasta el 25 de agosto de 2006, fecha en que EL PATRONO debe cancelar el monto total convenido, y fecha en que EL PATRONO deberá regularizar los trámites legales por ante el INTI, para la cesión de los derechos de adjudicación a favor de EL TRABAJADOR. El tribunal ordena certificar el acta transaccional a los fines de su archivo en el copiador de sentencias.