DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de los Municipios Manuel Ezequiel Bruzual y Francisco del Carmen Carvajal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Parcialmente con lugar la solicitud por Obligación de Manutención, corresponde a setecientos setenta y cuatro ( Bs. 704,00) bolivares mensuales, la cual se le hará entregara personalmente a la ciudadana YOHANA HERRERA BELISARIO supra identificada a beneficio de su hijo de nombre xxxxxxxxxxxxxx, de dos (2) años de edad, en contra EDGAR ENRIQUE VILLAREAL PAREDES. De conformidad con el Artículo 365 y 369 de la Ley Orgánica para la Protección de los niños, niñas y adolescentes, tomando en cuenta los principios de Prioridad Absoluta y del Interés Superior del niño, niña y adolescentes que lo requiera. No hay lugar a condenatoria en costas. Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia de la p.....