se declara INADMISIBLE la solicitud de DIVORCIO (ARTICULO 185A) interpuesta por los ciudadanos ZULEIMA JOSEFINA RODRIGUEZ YAGUARACUTO Y JULIO CESAR GONZÁLEZ ABREU, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-11.900.251 y V-6.349.312, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio JELITZA HERNÁNDEZ PERALES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 144.151.