Por todas las razones antes expuestas, este Juzgado Primero del Municipio Juan Antonio Sotillo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara la CONFESIÓN FICTA del demandado ciudadano ELÍAS ZGHIN ODABACHI, identificados en autos, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil y, CON LUGAR la demanda por DESALOJO incoada por la ciudadana GEORGETTE SALLOUM DE DEPSILLE, a través de sus apoderados judiciales abogados ALBERTO TIPOLDI, JOSÉ MIGUEL ESPILDORA Y EDUARDO ALBORNOZ, todos identificados en autos. En consecuencia, se ordena al ciudadano ELÍAS ZGHIN ODABACHI, proceda a entregar sin prorroga alguna a la parte actora el inmueble arrendado, constituido por un apartamento, ubicado en el edificio El Carmen, distinguido con el número 10 ¿B, piso 10, situado en la Calle Juncal, N° 21 de la ciudad de Puerto La Cruz,.....