Este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la ciudadana BELKIS BARCENAS TABATA, a través de su Apoderado Judicial, abogado RODOLFO GUTIERREZ OLAVE, mediante diligencia de fecha 16 de diciembre de 2002, contra la decisión dictada en fecha 25 de noviembre de 2002, por el antes Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con sede en El Tigre, la cual declara CON LUGAR la acción por OBLIGACION ALIMENTARIA, incoada por dicha ciudadana, a favor del Adolescente RICARDO RAFAEL VELASQUEZ BARCENAS, contra el ciudadano GUILLERMO RAFAEL VELASQUEZ CEDEÑO y fija la obligación alimentaria en la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,00), e igualmente fija dos (2) cuotas especiales, la primera por la suma de trescientos cincuenta Mil Bolívares pagaderos en el mes de septiembre de cada año, pa.....