Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción judicial del estado Anzoátegui administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, NIEGA la Medida Preventiva de Enajenar y Gravar, solicitada por la parte actora tanto en el Escrito libelar, como en el escrito de fecha 18 de septiembre de 2009, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA VENTA, hubieren incoado los ciudadanos Florentino J. Tilve Guilarte y Flora Fajardo López, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. 11.420.730 y 8.337.743, respectivamente, a través de sus apoderados judiciales abogados en ejercicio Claudio Frisoli y Ana P. Maza, inscritos en el IPSA, bajo los Nos. 17.420 y 96.425, respectivamente, en contra de la sociedad mercantil Corporación Alvar, C.A, inscrita por ante el Registr.....