Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Juicio Nro. 03, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se considera interrumpido el Juicio Oral y Público, seguido en contra del ciudadano JOSE ANDRES MARCANO, titular de la cédula de identidad número 11.631.855, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio de la Colectividad; en consecuencia, se decreta la Nulidad Absoluta de las actas de fechas 13, 21 y 26 del mes y año en curso, insertas a los folios 207 al 210 de la primera pieza del expediente, folios 10 al 12, 32 y 33 de la segunda pieza del presente asunto, así como los actos consecutivos que del mismo emanaren o dependieren; por consiguiente, se.....