En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrado Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Conversión en Divorcio, hecha por los ciudadanos FIDEL JOSÉ FERMÍN y AURA CAROLINA LÓPEZ FLORES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 12.658.052 y 11.004.795, respectivamente, y de este domicilio, debidamente asistidos por el Abogado JESÚS CASTILLEJO, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 43.531; y disuelve por consiguiente el vínculo matrimonial existente entre los referidos ciudadanos, el cual fue contraído por ante la Prefectura del Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, en fecha 06 de Agosto del 2.005, tal como se evidencia del Acta Nº 213. Así se decide.