En consecuencia este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Niñas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, de todo lo antes expuesto por las partes y acuerda; PRIMERO: Declarar Con Lugar, la SOLICITUD DE EJERCICIO UNILATERAL DE LA PATRIA POTESTAD, presentada por ENRIQUE JOSE RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad No. V-10.289.090, mayor de edad, de éste domicilio, asistido por la abogada en ejercicio KATIUSKA MATA, inscrita en el I.P.S.A bajo el No. 174.991, quien actúa en nombre, representación e interés superior de su hijo, el adolescente (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , según consta de acta de nacimiento número 1593, folio 93, Tomo 7, de fecha 22/11/2011, emitida por el Registro Civil del Municipio Bol.....