. En consecuencia, DECLARA:
PRIMERO: Qué se reconoce la relación laboral iniciada por GEOFREI RAMÓN GÓMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.203.392, desde el tres (03) de septiembre 2021, hasta el primero (01) de junio 2023, día que se realizó el despido injustificado para un total de tiempo de servicio de un año (1) nueve (9) meses y dos (2) días; la cual genera el pago de las instituciones laborales, conforme lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica del Trabajo de las Trabajadoras y los Trabajadores.
SEGUNDO: Se condena a la entidad de trabajo "CENTRO DE INVESTIGACIONES Y SERVICIOS, C.A; (C.I.S.C.A), a pagar a la demandante GEOFREI RAMÓN GÓMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.203.392, los conceptos siguientes: Antigüedad artículo 142 Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT), literal C: la cantidad de seis mil seiscientos ocho bolí.....