Este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: No se instala la audiencia preliminar y se repone la causa al estado de librar nueva notificación por carteles a la demandada TRANSPORTE Y SERVICIOS LOMORCA, C.A, en la dirección indicada en autos, informándoles sobre el abocamiento del juez a la causa y para la comparecencia a la Audiencia Preliminar en la oportunidad fijada en el auto de admisión de la demanda. SEGUNDO: Se deja sin efecto la certificación de la secretaria de fecha 03 de diciembre del 2013; ASI SE DECIDE.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN. CUMPLASE.-
En la sala del despacho del Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los veintinueve.....