En tal Sentido y por lo antes expuesto, este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simon Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de esta Circunscripción Judicial, en Nombre de la Republica
Bolivariana de Venezuela, Declara IMPROCENDENTE, la presente Solicitud de Inspección Judicial presentada por la Abogada en Ejercicio Narcy Guarache, antes Identificada, de conformidad con el Articulo 341 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvanse estas actuaciones al interesado y déjese nota en el Libro Diario que lleva este Tribunal.- Así se decide.-