En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Declara CULPABLE al ciudadano EDGAR JOEL RIVAS ESTEVEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 13.722.656, de estado civil: soltero, nacido en Maracay, Estado Aragua, en fecha 13-12-1977, de 33 años de edad, de profesión u oficio: Arbitro de Béisbol con niños, niñas y adolescentes en todo el estado, y anteriormente era chofer, hijo de Joel Rivas (V) y Francis Estévez (V), domiciliado en la Urbanización Boyacá 6to, Av. ", Barcelona Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, tipificado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir una Vida Libre de Violencia en contra de la adolescente (en este m.....