Por las consideraciones que anteceden, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de divorcio propuesta por el ciudadano ELOY RAFAEL ROSILLO contra la ciudadana LUISA DEL VALLE MONASTERIO, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial debidamente asentado en el Libro Principal Nº 02 de Matrimonio llevado por el Registro Civil del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, en fecha veinticuatro de diciembre de mil novecientos cincuenta y ocho, bajo el Nº 208, folios 206, 207 y 208, del año 1958, y así se decide.-