DISPOSITIVA
Con fundamento al análisis antes expuesto, este Juzgado de los Municipios Manuel Ezequiel Bruzual y Francisco del Carmen Carvajal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la Acción Reivindicatoria, intentada por la abogada Luisa Elena Guevara, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.273.967, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.570, actuando en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano Armando José Freitas Rodríguez, según consta de instrumento poder autenticado por ante el Registro Subalterno de los Municipios Píritu y San Juan de Capistrano del Estado Anzoátegui, en fecha veintisiete de Octubre de 2005, anotado bajo el N° 33, folios 82 al 83, Tomo XVIII de los Libros respectivos. Y por ende se ordena reivindicar el inmueble constituido por una vivienda unifamiliar que consta de dos (2) habitaciones, cocina, recibo, comedor, .....