Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD AL IMPUTADO: ADONIS RAFAEL ROJAS ALVAREZ, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.480.998, natural de Puerto la Cruz Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 30-01-1985, 19 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio Depositario, grado de instrucción 4° año de secundaria, hijo de los ciudadanos ROBERTO ROJAS (v) y de ROSAURA ALVAREZ (V) , residenciado en: Calle Las Flores No 205, Chorreron Guanta, Estado Anzoátegui; todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 256, ordinales 3° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo líbrese oficio al Comandante de la Zona Policial N° 02 de la Policía del Estado Anzoátegui, participandole de la Libertad inmediata del mencionado .....