DISPOSITIVA.
Por todas las razones de hecho y derecho antes explanadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación incoado por el Abogado RODOLFO MEGNAIR ODREMAN CAMEJO, en su carácter de Defensor Publico Décimo Noveno, actuando en representación de los ciudadanos GUSTAVO BLADIMIR DELGADO y VICTOR MANUEL MAYORCA, contra la decisión del Tribunal de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, mediante la Negó la Solicitud de la Revisión de la Medida Privativa.
Regístrese, publíquese, déjese copia, notifíquese a las partes, y en su oportunidad remítase al tribunal de origen.
Los Jueces integrantes de la Corte de Apelaciones.
La Juez Presidente,
Dra. Maria Guadalupe Rivas De Herrera
El Juez Ponente, .....