Se concluye entonces que la empresa SUPER OCTANOS debe cancelar al ciudadano CARLOS ENRIQUE MATA, la suma de Bs. 15.767.204,49 por concepto de diferencia de prestaciones sociales, indemnizaciones por despido injustificado y demás conceptos laborales, monto que no incluye la indexación de la cantidad ordenada pagar a la empresa demandada, la cual será establecida de la manera previamente referida y así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, este Tribunal Primero Transitorio de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la ciudad de Barcelona a los veintinueve (29) días del mes de junio del año dos mil cinco. Años 195 º y 146º. Publíquese, notifíquese a las partes y déjese copia.