Seguidamente este Tribunal Segundo Ejecutor oída la solicitud de la apoderada actora, Abg. ANA PATRICIA MAZA FARIÑAS, ya identificada, así como las actuaciones realizadas por el perito practico y el fotógrafo, designados, en virtud de estar constituido en el inmueble objeto de la presente medida, de haberse garantizado el derecho a la defensa de la parte demandada y de los terceros con interés legítimo, de no haber oposición a la misma, pasa a dar cumplimiento al presente exhorto y en consecuencia este Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA secuestrado el inmueble objeto de la presente medida constituido por un apartamento, ubicado en el Conjunto Residencial La Ensenada, Apto Nº 26, Piso 2, Avenida Monagas, Cruce con Calle 3, Lechería, Municipio Diego Bautista Urbaneja del.....