En consecuencia este Juzgado Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: CONDENA al acusado JUAN CARLOS ROLDAN, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS, ONCE (11) MESES y QUINCE (15) DIAS DE PRISION,, más las accesorias de Ley, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO y LESIONES LEVES, tipificados en los articulo 458, 277 y 416 del Código Penal, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD Y APROPIACION DE TARJETAS INTELIGENTES, tipificados en el articulo 218 del Código penal y 17 de la ley Especial contra los Delitos Informáticos, asimismo el delito de HURTO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el articulo 453 ordinal 6to, del Código Penal vigente para la fecha de los hechos, y el delito de HURTO CALIFICADO previsto y sancionado en el articulo 453 numeral 4 del Código Penal, cometido en perjuicio de la.....