En consecuencia de ello, puede verificar este Tribunal que los conceptos que reclama el demandante en su libelo y que resultan procedentes en derecho, quedan comprendidos en el cálculo efectuado por la demandada que posterior a las precisadas deducciones. No determinan ninguna diferencia a favor del demandante, en consecuencia de ello, se declara SIN LUGAR la presente demanda. Y así se decide.