declara las presentes actuaciones suficientes para asegurarle a los ciudadanos CRUZ ELENA BAENA DE PIÑERO, JENNY HERICKEL PIÑERO BAENA, HERIBERTO JOSÉ PIÑERO BAENA Y HELEN JOSSELING PIÑERO BAENA, , Titulo de Perpetua Memoria, en su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quien en vida se llamara HERIBERTO JOSÉ PIÑERO GONZÁLEZ, todos plenamente identificados, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.