Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA POR IMPOSICIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS a favor del imputado SAID DE JESUS FIGUEROA, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 11.632.767, con fecha de nacimiento 13/09/1968, de 39 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, domiciliado en la Carretera Nacional, Casa S/Nº, Barrio José Gregorio Monagas, Aragua de Barcelona, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de VIOLACION, previsto y sancionado en el artículo 375 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana NILSA DE LOS ANGELES BASTARDO, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrense los correspondientes oficios. Regístrese. Cúmplase.