declara la conversión en divorcio de la Separación de Cuerpos y de Bienes de los ciudadanos VICTOR AMAURY ANTIQUES JOPEK y MARIA ALEJANDRA NORIEGA CABELLO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-15.291.501 y V-15.290.522, y Declara Disuelto el vínculo conyugal que los unía, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, en fecha 07 de Diciembre de 2.007, según consta de acta inserta bajo el Nº 199, Folio 98, 99 y 100, del año 2.007, de los libros de matrimonios llevados por ese Registro. Así se decide.-