Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRESCRITA LA PENA, a la cual fue condenado a cumplir el ciudadano JESUS MANUEL AMARISTA GOMEZ, quien es Venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 19-09-75, soltero, albañil, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.761.866, hijo de Jesús Amarista y Benita Gómez, residenciado en la Calle 3, Urbanización INAVI, N° 04, El Tigre, Estado Anzoátegui, y como consecuencia de ello, se decreta su LIBERTAD PLENA. Todo de conformidad con lo consagrado en el Artículo 112 Ordinal Primero del Código Penal.
Regístrese, la presente decisión y notifíquese a los sujetos procesales. Igualmente líbrese oficio al Director de la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia, ubicado en la Esquina.....