se observa que la parte actora de la presente acción de amparo constitucional, es decir la empresa SERVICIOS TÉCNICOS Y ASISTENCIA, C.A., tiene incoada contra la misma empresa SEYSON SERVICIOS A LA INDUSTRIA PETROLERA SSIP S.A., por ante este mismo despacho una acción de cobro de bolivares que a través de la presente acción de amparo sindica como presunta agraviante, el cual se encuentra signado con el Nº BP12-M-2006-000151, en otro sentido ha ejercido su vías ordinarias de cobro de bolivares, es la razón por la cual se declara INADMISIBLE la presente ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, y así se decide.-