Sobre la base de los argumentos expuestos y bajo la consideración de que la Empresa querellada violó en forma reiterada y contumaz los derechos al trabajo y al salario de los demandantes, consagrados en los artículos 87 y 91 de la Constitución Nacional en concordancia con los artículos 27 eiusdem y 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, este Tribunal, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ratifica en todas y cada una de sus partes el dispositivo dictado el 9 de septiembre de 2004 y en consecuencia, declara CON LUGAR la solicitud de amparo constitucional. Se le ordena, una vez mas, a la querellada VIDRIOS VENEZOLANOS EXTRA C.A. (VIVEX C.A.), el cumplimiento ÍNTEGRO E INMEDIATO de la Providencia Administrativa dictada por la Inspectoría del Trabajo de Barcelona el 9 de junio de 2004, la cual declaró IRRITO el despido de los accionantes que había realizado la querellada, con lugar el reenganche de los trabaj.....