este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara injustificado el despido del cual fue objeto el trabajador accionante ciudadano JUAN MIGUEL MAVARE PALACIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.807.041, de profesión Técnico Superior en Producción Industrial, domiciliado en avenida Raúl Leoni, Manzana 2, casa N° 21, Fundación Mendoza, estado Anzoátegui contra la empresa SAFARI MOTOR´S C.A., y CON LUGAR la acción.